OBJETIVO GENERAL

 

Promover la atención y protección integral para la restitución de derechos de las niñas, niños, adolescentes, personas con discapacidad, adultos mayores en situación de mendicidad y familias en contextos de movilidad humana; fomentando la corresponsabilidad familiar y comunitaria. 

 

OBJETIVOS ESPECÍFICOS


  1.  Promover la inclusión social y económica de las familias de niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad para coadyuvar en la restitución de sus derechos.
  2. Fomentar la corresponsabilidad familiar y comunitaria a través de la sensibilización, participación y el ejercicio pleno de sus derechos, para prevenir la mendicidad y lograr una vida digna a las personas en esta situación.

  3. Fortalecer la prestación de los servicios de atención mediante la coordinación interinstitucional e intersectorial para la restitución de derechos.

  4. Promocionar y difundir los derechos de niñas, niños,
    adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y sus
    familias que se encuentran en situación de mendicidad.

  5. Sensibilizar a la ciudadanía a través de campañas y
    materiales edu-comunicacionales para la desnaturalización de la mendicidad y
    modificación de los patrones culturales.


Modalidad: El servicio de protección especial para la Erradicación Progresiva de la Mendicidad es una modalidad extramural y se denominará servicio para la Erradicación Progresiva de la Mendicidad, a través del cual, se implementan procesos de prevención, atención y contención activa, sensibilización ciudadana y corresponsabilidad colectiva, a fin de promover procesos de inclusión económica y social para prevenir y erradicar progresivamente la mendicidad en el cantón.


Cobertura: La cobertura a ser atendida, corresponde a un total de 80 usuarios que pueden ser niños, niñas adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad, que se encuentran en condiciones de mendicidad de manera permanente, o de manera temporal (en épocas festivas como navidad), solos o acompañados, o a su vez se encuentren en condición de movilidad humana o presunta condición de trata de personas con fines de mendicidad.




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